El senador de Monte Plata por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Pedro Tineo, depositó este lunes, mediante la Secretaria Legislativa, el proyecto de ley que busca crear el Sistema Nacional de Supervisión y Certificación de Obras Públicas y Privadas con más de diez años de construcción, como mecanismo de evaluación periódica, certificación técnica y prevención de riesgos estructurales.
Mediante una nota de prensa se explica que, la ley se aplicaría a todas las edificaciones e infraestructuras, tanto públicas como privadas, cuya construcción haya sido concluida diez (10) años antes de la entrada en vigencia de esta ley en todo territorio nacional o que cumplan ese plazo posteriormente.
Según la propuesta legislativa, de ser aprobada la pieza, el Sistema Nacional de Supervisión se regirá por los principios de seguridad estructural, la protección de la vida humana, transparencia y rendición de cuentas, desarrollo sostenible, participación ciudadana y respeto a los derechos de propiedad y uso del suelo.
Además, la iniciativa legislativa crea la Dirección Ejecutiva del Sistema Nacional de Supervisión y Certificación de Obras Públicas y Privadas (Sinasco) como órgano técnico-operativo encargado de ejecutar las funciones administrativas, técnicas, de supervisión y certificación del Sistema.
Este organismo será una dependencia descentralizada funcionalmente, adscrita al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), con autonomía técnica, presupuestaria y de gestión, conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública.
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Condición estructural
En su artículo 12, el proyecto de ley crea el certificado de condición estructural, que establece que luego de la inspección, el Sinasco emitirá un certificado de condición estructural, con validez de dos años, renovable mediante nueva inspección, el cual deberá ser exhibido de manera visible en edificaciones públicas, privadas de acceso colectivo, y estará disponible en la base de datos del Sistema, podrá ser validado a través de un código asignado.
También, en su artículo 14, sobre frecuencia de supervisión, el proyecto establece que las obras comprendidas en esta ley deberán ser inspeccionadas cada dos (2) años a partir de la fecha de su primera evaluación. El MOPC podrá establecer frecuencias menores en caso de zonas vulnerables o edificaciones de alto riesgo.
Igualmente, el artículo 15, sobre la supervisión en zonas de riesgo, establece que el Sinasco podrá ordenar inspecciones extraordinarias en zonas vulnerables a fenómenos sísmicos, deslizamientos o impactos ambientales, o ante denuncias debidamente fundamentadas.
Responsabilidad del propietario
El senador Pedro Tineo establece en el artículo 21 de dicho proyecto, la responsabilidad del propietario o administrador, al indicar que toda persona física o jurídica propietaria, arrendataria o administradora de una edificación comprendida en esta ley deberá facilitar el acceso para inspección, acoger las recomendaciones emitidas y realizar las correcciones que se le indiquen.
Asimismo, en el artículo 22, establece el régimen de los servidores públicos, el cual precisa que los funcionarios o servidores asignados para realizar las evaluaciones técnicas, informes o certificaciones deberán actuar con responsabilidad y ética profesional. En caso de negligencia, omisión o falsificación de informes, estarán sujetos al régimen disciplinario establecido en la Ley núm. 41-08 de Función Pública y demás normas aplicables. Además, a sanciones administrativas, civiles y penales, según corresponda.
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Incumplimiento y sanciones
En tanto que el artículo 23, sobre Incumplimiento, afirma que constituye falta grave negarse a permitir la inspección; ocultar información relevante durante el proceso de supervisión; no cumplir las recomendaciones emitidas por el Sinasco; falsificar certificados o informes técnicos y exponer a terceros al uso de estructuras clasificadas como inhabilitadas.
En cuanto a las sanciones, el proyecto de ley establece multas administrativas desde cincuenta hasta mil salarios mínimos del sector público; clausura temporal o definitiva de la edificación; suspensión de licencias de operación y remisión al Ministerio Público en casos de dolo o negligencia temeraria.
El documento de prensa indica que la República Dominicana se encuentra geográficamente situada en una zona de alta exposición a fenómenos naturales, tales como huracanes, tormentas tropicales y movimientos telúricos, debido a su ubicación en el trayecto habitual de fenómenos atmosféricos del Caribe y su proximidad a fallas tectónicas activas.
Fuente: Diario Libre
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